INFORMACIÓN
Condiciones generales de contratación
Contrato de venta fraccionada de servicios futuros. Esto es lo que aceptas al contratar un plan.
0. Partes
Las presentes Condiciones Generales de Contratación (en adelante, el «Contrato») regulan la relación entre:
- ANIMAE PMS, SOCIEDAD LIMITADA (en adelante, «ANIMAE»), con CIF B93969723 y domicilio en Calle Mallorca, número 270, piso 3, puerta 3, C.P. 08037, Barcelona, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, hoja B-662910, folio 1, tomo/I.R.U.S. 1000478562071, inscripción 1ª.
- La persona que contrata el Plan a través del sitio web https://animaepets.com o de los canales de contratación habilitados por ANIMAE (en adelante, el «Cliente»), actuando en nombre propio.
El Cliente declara ser mayor de edad y tener capacidad legal suficiente para contratar. Cuando el Cliente no sea el propietario de la Mascota, resultará de aplicación lo dispuesto en la cláusula 4.2 respecto de la autorización de su propietario (el «Titular»).
1. Definiciones
- «la Mascota»
- el animal de compañía al que se refiere el Contrato, identificado en el proceso de contratación.
- «el Cliente»
- la persona que formaliza el Contrato y abona las Cuotas.
- «el Titular»
- la persona propietaria de la Mascota. El Titular podrá coincidir con el Cliente o ser una persona distinta, en cuyo caso resultará de aplicación el procedimiento de autorización descrito en la cláusula 4.2.
- «el Plan» o «el Servicio»
- el conjunto de prestaciones descritas en la cláusula 3, contratadas por el Cliente mediante el pago fraccionado descrito en la cláusula 4.
- «Proveedor Colaborador»
- el establecimiento homologado por ANIMAE que ejecuta materialmente el servicio de cremación, bajo la responsabilidad de ANIMAE frente al Cliente en los términos de la cláusula 7.
- «Cuota»
- el importe mensual pactado en el momento de la contratación, correspondiente al tramo de peso de la Mascota.
A efectos aclaratorios, ANIMAE emplea el término «la Mascota» por ser el habitual en el sector y por reflejar el vínculo afectivo que motiva este Contrato. Jurídicamente, conforme al artículo 333 bis del Código Civil, los animales de compañía tienen la consideración de seres vivos dotados de sensibilidad, y solo les resulta aplicable el régimen jurídico de los bienes y las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza y con las disposiciones destinadas a su protección.
2. Naturaleza jurídica del Contrato
El presente Contrato tiene por objeto la venta fraccionada de un servicio futuro y determinado, y no constituye, en ningún caso, un contrato de seguro, de ahorro ni de previsión asegurada. ANIMAE quiere explicar con claridad esta distinción, no como una cuestión meramente formal, sino porque afecta a cómo debes entender lo que estás contratando:
- Certeza del servicio, no cobertura de un riesgo: el Servicio se presta cuando la Mascota fallece, un momento cierto en la existencia de cualquier ser vivo, aunque incierto en su fecha. A diferencia de un seguro, ANIMAE no asume ni transfiere un riesgo en sentido técnico-asegurador: se compromete a prestar un servicio concreto que, tarde o temprano, tendrá lugar.
- Sin mutualización entre clientes: cada Cliente paga por el servicio correspondiente a su propia Mascota. No existe una masa común de aportaciones de la que se paguen los servicios de unos clientes con las cuotas de otros, como sí ocurre en el funcionamiento técnico de un seguro.
- Objeto determinado y fijo: el Cliente contrata un servicio y unos productos concretos y predefinidos —descritos en la cláusula 3—, con un precio pactado y congelado desde el momento de la contratación, y no una indemnización económica ni una cobertura de alcance variable.
- Sin selección ni valoración del riesgo: ANIMAE no somete a la Mascota a cuestionario de salud, exclusiones por edad o por raza, ni a ningún proceso de suscripción de riesgo. Cualquier Mascota puede acceder al Plan en las mismas condiciones.
Por estas razones, el Contrato se rige por las normas generales de contratación y de protección de los consumidores y usuarios, y no por la normativa de ordenación y supervisión de las entidades aseguradoras.
3. Descripción del Servicio
El Plan contratado incluye las siguientes prestaciones:
- Recogida de la Mascota a domicilio o en la clínica veterinaria indicada por el Cliente, tras la comunicación del fallecimiento.
- Cremación individual de la Mascota, con emisión del correspondiente certificado de incineración.
- Entrega de una urna, cuyo modelo concreto se selecciona en el momento de gestionar el servicio, dentro del catálogo vigente de ANIMAE en dicho momento.
- Obtención de la huella de la Mascota.
- Recogida y entrega de un mechón de pelo de la Mascota.
- Entrega de los restos, la huella y el mechón de pelo en el domicilio indicado por el Cliente.
El catálogo de modelos de urna disponible podrá variar con el tiempo, conforme a lo previsto en la cláusula 9. El Cliente podrá contratar, en el momento de gestionar el servicio, extras o mejoras adicionales no incluidas en el Plan, sujetos a su propio precio y condiciones.
4. Precio, tramos y forma de pago
El precio del Plan y su duración se determinan en el momento de la contratación en función del tramo de peso de la Mascota, y se muestran al Cliente de forma clara y completa antes de que formalice el Contrato.
El tramo de peso aplicado, el precio total del Plan, el importe de la Cuota y el número de Cuotas constituyen las condiciones particulares del Contrato. ANIMAE las pone a disposición del Cliente antes de la contratación y se las remite, junto con las presentes Condiciones Generales, en soporte duradero conforme a lo previsto en la cláusula 11.
Los tramos de peso vigentes y sus precios están disponibles en todo momento en el sitio web de ANIMAE.
Cada tramo comprende su límite inferior y excluye el superior, que pertenece ya al tramo siguiente: un animal de 10 kg exactos corresponde al tramo que empieza en 10 kg, no al que termina en esa cifra.
Con independencia de lo dispuesto en la cláusula 4.2, en el momento de la ejecución del Servicio se verificará el peso real de la Mascota. Si de dicha verificación resultara que la Mascota corresponde a un tramo de peso distinto del contratado, ANIMAE podrá reclamar o, en su caso, reconocer al Cliente la diferencia resultante de aplicar el tramo correcto a la totalidad del Contrato, incluyendo las Cuotas ya abonadas.
Todos los precios indicados en el sitio web de ANIMAE y en las condiciones particulares del Contrato se expresan en euros e incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable.
4.1. Congelación del precio
La Cuota mensual pactada en el momento de la contratación se mantiene congelada durante toda la duración del Plan, sin incrementos por inflación (IPC), revisión de precios ni ningún otro concepto, en los términos y con las únicas excepciones que se precisan en los párrafos siguientes.
La parte de la Cuota que constituye la contraprestación de ANIMAE —la base imponible— es la que queda congelada conforme al párrafo primero de esta cláusula.
Excepcionalmente, ANIMAE podrá revisar la Cuota cuando un cambio normativo sobrevenido, en particular en materia de gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano (SANDACH) o de tratamiento de residuos, encarezca de forma considerable el coste directo de la prestación del Servicio. Dicha revisión se comunicará al Cliente con la debida antelación, indicando su justificación.
El incremento aplicado por encarecimiento del coste del Servicio no podrá superar, en ningún caso, el quince por ciento (15 %) de la Cuota original. Si el encarecimiento del coste del Servicio exigiera un incremento superior a dicho límite, ANIMAE no aplicará el incremento y el Contrato quedará resuelto de forma automática, con devolución íntegra al Cliente de las cantidades abonadas hasta ese momento, sin que resulte de aplicación en este supuesto el régimen previsto para el impago de Cuotas en la cláusula 5.4.
Si durante la vigencia del Contrato se modificara por vía normativa el tipo impositivo aplicable al Servicio, la Cuota se ajustará para reflejar el nuevo tipo, al alza o a la baja, manteniéndose inalterada la base imponible. Dicho ajuste no constituye una revisión de precios por parte de ANIMAE ni queda sujeto al límite del quince por ciento (15 %) establecido para el supuesto de encarecimiento del coste del Servicio, por cuanto su importe no depende de la voluntad de ANIMAE sino del tipo legalmente exigible en el momento del devengo de cada Cuota. Por tratarse de la repercusión de un tributo legalmente exigible y no de una modificación del precio pactado, este ajuste no requiere un nuevo acuerdo entre las partes, sin perjuicio del derecho de resolución reconocido en el párrafo siguiente.
ANIMAE comunicará el ajuste al Cliente con al menos un (1) mes de antelación respecto de la primera Cuota afectada, indicando el tipo anterior, el nuevo tipo y el importe resultante de la Cuota. Si el ajuste supusiera un incremento de la Cuota, el Cliente podrá resolver el Contrato sin penalización dentro del mes siguiente a la comunicación, con devolución íntegra de las cantidades abonadas hasta ese momento, sin que resulte de aplicación el régimen previsto para el impago de Cuotas en la cláusula 5.4.
4.2. Revisión de datos y autorización del Titular
Una vez transcurrido el plazo de desistimiento previsto en la cláusula 5.5, ANIMAE llevará a cabo una revisión de los datos aportados por el Cliente, en la que solicitará una fotografía de la cartilla veterinaria de la Mascota u otro documento equivalente, con el fin de validar la información facilitada y el tramo de peso declarado conforme a la cláusula 4. Si de dicha revisión resultara una discrepancia con el tramo declarado, ANIMAE lo comunicará al Cliente y podrá proponer el ajuste del Plan al tramo correspondiente.
Cuando el Cliente no coincida con el Titular de la Mascota, ANIMAE requerirá adicionalmente la autorización expresa de este último. El Cliente podrá continuar abonando las Cuotas con normalidad mientras dicha autorización se encuentre pendiente, y ANIMAE le recordará periódicamente la necesidad de aportarla. Si, en el momento de solicitar la activación del Servicio conforme a la cláusula 5.3, la autorización del Titular no hubiera sido aportada, el Servicio no podrá tramitarse, resultando de aplicación lo dispuesto en la cláusula 5.2 para los supuestos en que no pueda completarse la puesta en marcha del Servicio.
Esta revisión se hace personalmente, por WhatsApp o por teléfono: no hay ninguna pantalla que subir nada.
5. Duración y terminación del Contrato
El Contrato tiene la duración pactada en el momento de la contratación, recogida en sus condiciones particulares, sin perjuicio de su terminación anticipada en los supuestos previstos en esta cláusula.
5.1. Fallecimiento de la Mascota con el Plan íntegramente pagado
Si la Mascota fallece una vez abonada la totalidad del precio del Plan, ANIMAE pondrá en marcha el Servicio conforme a lo descrito en la cláusula 5.3, sin requerir pago adicional salvo, en su caso, por extras opcionales solicitados por el Cliente.
5.2. Fallecimiento de la Mascota con Cuotas pendientes
Si la Mascota fallece antes de completar el pago del Plan, el saldo pendiente deberá liquidarse en un único pago antes de la puesta en marcha del Servicio, conforme al procedimiento descrito en la cláusula 5.3.
Si el Cliente no completa dicho pago, el Servicio no se tramitará ni se pondrá en marcha, y se aplicará el mismo tratamiento previsto para el impago de Cuotas en la cláusula 5.4, incluida la posibilidad de trasladar el Plan a otra Mascota conforme a lo allí descrito.
5.3. Procedimiento de activación del Servicio
Tras la comunicación del fallecimiento de la Mascota, ANIMAE remitirá al Cliente un enlace para gestionar el Servicio, a través del cual el Cliente deberá indicar la ubicación donde se encuentra la Mascota, el lugar de entrega de los restos, el modelo de urna elegido dentro del catálogo vigente, y los posibles extras que desee contratar. En caso de existir saldo pendiente, se mostrará una pantalla final de pago, cuya liquidación es condición previa e indispensable para la puesta en marcha del Servicio.
5.4. Impago de Cuotas
Si el Cliente deja de abonar alguna Cuota estando la Mascota con vida, ANIMAE aplicará una congelación del Plan durante un plazo acumulado máximo de doce (12) meses a lo largo de toda la duración del Contrato, dentro del cual el Cliente podrá reanudar el pago de las Cuotas y recuperar el Plan en sus condiciones originales. Dicho plazo de doce meses es un límite acumulado y no se reinicia con cada nueva pausa: si el Cliente utiliza parte de dicho plazo y posteriormente reanuda el pago, el resto del plazo acumulado quedará disponible para eventuales pausas futuras durante el resto de la vigencia del Contrato.
Alternativamente, dentro de ese mismo plazo, el Cliente podrá solicitar el traslado del importe abonado hasta la fecha a un nuevo contrato sobre una Mascota distinta, conforme a lo descrito en la cláusula 5.6.
Si transcurrido el plazo acumulado de doce meses el Cliente no ha reanudado el pago de las Cuotas ni ha solicitado el traslado del Plan, el Contrato se entenderá resuelto por incumplimiento del Cliente, sin derecho a la devolución de las cantidades abonadas hasta ese momento.
Para solicitar una congelación o un traslado, escríbenos: hoy se gestionan personalmente, no desde una pantalla.
5.5. Desistimiento y cancelación voluntaria
Conforme al artículo 102 del TRLGDCU, el Cliente dispone de un plazo de catorce (14) días naturales desde la celebración del Contrato para desistir del mismo sin necesidad de justificación y sin penalización alguna, teniendo derecho a la devolución íntegra de las cantidades abonadas. Si, dentro de dicho plazo, el Servicio hubiera sido íntegramente ejecutado con el consentimiento expreso y previo del Cliente, este perderá el derecho de desistimiento respecto de dicha prestación.
Transcurrido el plazo de desistimiento, el Cliente podrá cancelar el Plan en cualquier momento. Dicha cancelación voluntaria recibirá el mismo tratamiento previsto para el impago de Cuotas en la cláusula 5.4.
5.6. Traslado del Plan a otra Mascota
En los supuestos de las cláusulas 5.2 y 5.4 en que proceda el traslado, ANIMAE formalizará un nuevo contrato sobre la Mascota indicada por el Cliente, aplicando el importe abonado en el Contrato anterior como descuento sobre el precio y condiciones vigentes en el momento de dicha formalización.
6. Garantía de disponibilidad de fondos
ANIMAE reserva una parte de cada Cuota abonada por el Cliente con el fin de asegurar la disponibilidad de fondos necesaria para la prestación del Servicio contratado.
Asimismo, ANIMAE se compromete a exigir a sus Proveedores Colaboradores la aplicación de protocolos de trazabilidad individual verificables durante todo el proceso de cremación, garantizando la identificación física de cada Mascota, como condición contractual del servicio prestado por dichos proveedores.
7. Responsabilidad
ANIMAE responde frente al Cliente de la correcta prestación del Servicio en su integridad, incluida la parte del mismo ejecutada materialmente por el Proveedor Colaborador, sin perjuicio de las acciones que ANIMAE pueda ejercitar frente a dicho proveedor.
La responsabilidad económica de ANIMAE frente al Cliente derivada del Contrato no excederá, en ningún caso, del importe total abonado por el Cliente en virtud del mismo, salvo en los supuestos de dolo o negligencia grave, en los que la responsabilidad no podrá ser limitada conforme a la legislación aplicable.
ANIMAE no será responsable de los retrasos o incumplimientos derivados de causas de fuerza mayor o caso fortuito, entendiendo por tales aquellos eventos extraordinarios, imprevisibles e inevitables y ajenos a la cadena de prestación del Servicio. Quedan expresamente excluidos de esta causa de exoneración los incumplimientos ordinarios imputables al Proveedor Colaborador, que seguirán siendo responsabilidad de ANIMAE conforme al párrafo primero de esta cláusula.
8. Protección de datos personales
Los datos personales del Cliente y los relativos a la Mascota que se faciliten para la celebración y ejecución del presente Contrato serán tratados por ANIMAE conforme a lo establecido en su Política de Privacidad (/privacidad), que el Cliente declara haber leído y aceptado con carácter previo a la contratación.
9. Modificación del Contrato
ANIMAE podrá modificar aspectos no esenciales del Contrato o del Servicio —entre otros, el catálogo de modelos de urna disponibles o los detalles operativos de gestión del Servicio— con un preaviso mínimo de treinta (30) días al Cliente, sin que sea necesaria su aceptación expresa para que dichos cambios resulten de aplicación.
Cualquier modificación que afecte al precio, al alcance del Servicio contratado o a los derechos reconocidos al Cliente en el presente Contrato requerirá el consentimiento expreso de este, salvo en los supuestos excepcionales previstos en la cláusula 4.1.
10. Legislación aplicable, jurisdicción y resolución de conflictos
El presente Contrato se rige por la legislación española. Para la resolución de cualquier controversia, serán competentes los juzgados y tribunales del domicilio del Cliente, conforme a la normativa de protección de los consumidores y usuarios.
El Cliente podrá igualmente acudir a la plataforma europea de resolución de litigios en línea, disponible en https://ec.europa.eu/consumers/odr, así como al Sistema Arbitral de Consumo, como vías alternativas de resolución de conflictos previas a la vía judicial.
11. Aceptación del Contrato
La contratación del Plan a través del sitio web de ANIMAE requiere que el Cliente marque expresamente, de forma no premarcada, la casilla de aceptación de las presentes Condiciones Generales de Contratación, cuyo texto completo estará disponible mediante enlace directo, tras haber visualizado un resumen de los términos esenciales del Contrato.
ANIMAE conservará constancia de dicha aceptación, incluyendo la fecha, hora y versión del documento aceptado, y remitirá al Cliente copia del Contrato aceptado en un soporte duradero, conforme a lo dispuesto en el artículo 98 del TRLGDCU, incluyendo sus condiciones particulares.
Última actualización: 14 de septiembre de 2026
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